Fue condenado en un juicio abreviado llevado a cabo en la Sala I. El juez Javier Francisco Aranibar lo consideró autor penalmente responsable de los delitos de amenazas y desobediencia judicial y le impuso una pena de seis meses de prisión efectiva.
Él tenía una condena anterior, condicional, que le fue revocada. Ambas penas se unificaron en el monto de dos años y ocho meses de prisión efectiva.
El juez ordenó el traslado del imputado a la Unidad Carcelaria 1 y recomendó al juez de Ejecución y Detenidos y al director del penal que se le brinde tratamiento psicológico, previo examen que acredite su necesidad y eficacia.
El culpable fue denunciado por su expareja. La mujer narró que se encontraba separada del acusado desde hacía siete años y que tenían una hija en común.
El día del hecho, la denunciante se encontraba en su domicilio junto a la menor y a sus otros hijos cuando se presentó el acusado y comenzó a gritar desde el portón, exigiéndole a su hija que saliera, al tiempo que la insultaba.
La denunciante le pidió al inculpado que se retirara y él respondió con una amenaza, vociferando: “Voy a venir con los de 20 de Junio, ellos tienen chumbos y los van a bajar a todos. Vos no me conocés, voy a venir y los voy a agarrar a todos”.
Luego se cruzó al frente y se quedó allí, ingiriendo bebidas alcohólicas e insultando a su hija. Ante esto, su expareja decidió llamar al Sistema de Emergencia 911.
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